Enrique Vergara Vial asumirá presidencia del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia

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10 / 05 / 2016

Abogado y académico de la Facultad de Derecho UDP fue designado por la Presidenta Michelle Bachelet a partir de una quina presentada por la Corte Suprema.

La Presidenta Michelle Bachelet designó a Enrique Vergara Vial como nuevo presidente del Tribunal de Defensa de la libre Competencia (TDLC), cargo que ejercerá a partir del 13 de mayo.

Vergara, quien fue nombrado ministro del TDLC en 2012, presidirá la entidad por los próximos 6 años en reemplazo de Tomás Menchaca Olivares, quien estuvo a cargo de la institución durante el período 2010-2016.

Conforme a lo establecido en la ley, la Corte Suprema convocó a concurso público en el que conformó una quina de candidatos, que le propuso a la Presidenta Bachelet quien designó al nuevo presidente del TDLC.

Enrique Vergara Vial es abogado de la Universidad Diego Portales, Máster en Estudios Europeos de la Universidad Autónoma de Barcelona, España. Se desempeña como profesor de Derecho Económico en la Escuela de Derecho de la Universidad Diego Portales y en el Magíster en Derecho Público y Litigación Constitucional de la misma Universidad, entre otras actividades docentes. Asimismo, ejerció el cargo de Fiscal Nacional Económico entre los años 2006 y 2010.

El TDLC

El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia es un órgano jurisdiccional especial e independiente, sujeto a la superintendencia directiva, correccional y económica de la Corte Suprema, con competencia en todo el territorio de la República.

Su función es prevenir, corregir y sancionar los atentados a la libre competencia aplicando las normas contenidas en el Decreto Ley Nº 211.

Fue creado por la Ley N º 19.911, publicada en el D.O. el 14.11.2003, y se instaló el 13 de mayo de 2004. Tiene su única sede u oficina en Santiago.

Está integrado por 5 Ministros, tres de los cuales son abogados y dos son economistas.  Los acuerdos o decisiones se adoptan por mayoría y, en caso de empate, dirime su Presidente.

La organización y funcionamiento del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, así como sus atribuciones y procedimientos están contemplados en el Título II del Decreto Ley Nº 211, de 1973.