La Segunda | Aumenta las multas y los plazos para denunciar: cinco elementos que trae la nueva ley del Sernac – Juan Ignacio Contardo

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06 / 06 / 2018

El Tribunal Constitucional (TC) le dio ayer la razón a la Contraloría General de la República en un requerimiento presentado por el Gobierno, lo que significa que el texto de la nueva ley del servicio no podrá contener facultades sancionatorias.

Según publica hoy El Mercurio, los ochos ministros del TC rechazaron en forma unánime, aunque con distintas consideraciones, el requerimiento interpuesto por el Gobierno de Sebastián Piñera.

Según Stefan Larenas, de la asociación de consumidores ODECU, “es lamentable que el tribunal no le haya entregado la posibilidad de sancionar porque iba en directa protección al consumidor”.

Otro elemento que se extraña es la opción de juicios orales. “Hubiera sido mucho más rápido, transparente y eficiente”, dice la abogada Ximena Orrego.

1. Más garantías probatorias

Pero Orrego sostiene que esta ley mejora lo que el Sernac podía hacer antes.

“Antes se generaba un problema con la exhibición de documentos. Por ejemplo, las empresas en juicio, en su justo derecho, no presentaban documentos solicitados para acreditar un posible abuso. Ahora si no los presentan, se dará por acreditado que lo que dice el consumidor es cierto en una presunción de veracidad, porque es obvio que las empresas tienen siempre todas las boletas y un volumen de pruebas mayor que el consumidor”, comenta. Además, las personas afectadas podrán ejercer como testigos en el juicio.

“Antes, en un tema de procedimiento civil, las personas con interés en el juicio, aunque no fueran demandantes directos, eran tachadas como testigos. Ahora si el teléfono te sale malo, tú podrás ser testigo”, apunta.

2. Más plazos

Con la nueva ley, el consumidor tendrá un plazo para perseguir un abuso desde los actuales seis meses a dos años.

“Es el cambio más importante, ya que si tú actualmente no interpones la denuncia infraccional dentro de ese plazo, se entendía que estaba prescrita y no podías ejercer acciones civiles. Esto impactará no sólo a los juicios colectivos, sino que a los reclamantes individuales. Por ejemplo, si un auto te sale malo, podrás reclamar en un plazo más extenso”, comenta el académico de la UDP, Juan Ignacio Contardo.

3. Aumentan las multas

Otro efecto es el aumento en las multas a las empresas que cometan infracciones a los consumidores, lo cual es visto por los expertos como un elemento disuasivo. “Acá se aumentan en promedio desde los 50 UTM a las 300 UTM, cerca de 6 veces. Eso para mí es relevante dentro de las nuevas facultades del nuevo Sernac”, comenta el abogado Jaime Lorenzini.

El único elemento que es criticado por los expertos es que la multa no va directo al bolsillo del consumidor. “Esto podría beneficiar a las personas, pero va a beneficio fiscal. Incluso podrían fortalecerse las organizaciones de consumidores y no podrá ser así”, sostiene Contardo.

4. Daños morales

Otro elemento que va en beneficio de los consumidores es la posibilidad de que en los juicios colectivos se pueda solicitar una indemnización por daño moral, lo cual actualmente está sólo permitido para los juicios individuales.

“Por ejemplo, si una empresa de agua potable o de luz no te entrega un servicio y eso te genera problemas o inconvenientes, habrá una ventana para poder solicitar indemnizaciones”, apunta Contardo.

5. Capacidad fiscalizadora

Otro elemento reconocido por los analistas es la capacidad fiscalizadora del Sernac. “Podrá requerir antecedentes. Es algo similar a la Fiscalía Nacional Económica (FNE). El Semac podrá ir a las oficinas, pedir documentos y armar una denuncia mucho más robusta en tribunales. Ahora será un órgano que podrá monitorear”, valora Lorenzini.