Carta al director de Francisca Vargas, Gabriela Hilliger (SJM), Tomás Pascual (UAH), Macarena Rodríguez (UAH) y Rodrigo Sandoval: Control migratorio en escuelas y consultorios

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Francisca Vargas - El País (Chile)

26 / 05 / 2026

“La obligación a establecimientos de salud, educación y organismos previsionales a reportar datos de personas migrantes en situación irregular a la autoridad migratoria constituye una afectación de sus derechos fundamentales. Según lo informado, dicha obligación afectaría a hospitales, consultorios, jardines infantiles, colegios y entidades previsionales. Esta medida transforma el acceso a derechos básicos —salud y educación— en mecanismos de control migratorio, lo que previsiblemente generará un efecto inhibitorio y perverso”.

“Si el ejecutivo cree que con esta medida logra mejorar el registro y la información que tiene sobre migrantes irregulares, se equivoca. Además, la propia ley exige que la interpretación de todas sus disposiciones se haga en conformidad con las obligaciones de derechos humanos y en un sentido pro persona. Esta indicación atenta directamente contra ese principio informativo de la ley, y se acerca mucho a la prohibición constitucional de aplicar como sanción la pérdida de los derechos previsionales. En la práctica, la indicación condena a migrantes irregulares y a sus hijos a renunciar a sus derechos fundamentales por temor a ser sujetos de una sanción migratoria”.

“El control migratorio no puede implementarse a costa de debilitar garantías fundamentales ni de erosionar nuestra institucionalidad, lo que es aún más grave cuando tal control no logrará los objetivos planteados, ya que lo cierto es que es imposible expulsar a todas las personas en situación migratoria irregular”.