Postergación de la reforma procesal civil: ¿cómo avanzar en el contexto de la “nueva normalidad”?
Ricardo Lillo - El Mercurio Legal
15 / 07 / 2020
El día miércoles 8 de julio, el ministro de Justicia anunció que la reforma procesal civil será postergada por motivos presupuestarios. Se trata de una nueva paralización de una de reforma pendiente que ya cumple más de 10 años desde su primer proyecto legislativo. Más allá de lo razonable de enfocar recursos públicos en el combate a la emergencia sanitaria en que nos encontramos, la pregunta que queda es que de ser necesario esperar a que la situación económica del país se encuentre lo suficientemente fuerte para modernizar la justicia civil, es posible entonces que no veamos cambios en el corto, mediano ni largo plazo. En ese caso, tal vez conviene no continuar empujando la roca cuesta arriba.
Hoy en día sabemos que la justicia civil es utilizada casi exclusivamente en causas de tramitación masiva por grandes empresas del rubro financiero en gestiones de cobranza contra deudores individuales que, en su mayoría, ni siquiera son notificados. Los ciudadanos de a pie, en cambio, según han mostrado diversos estudios, experimentan una serie de necesidades legales relacionadas con conflictos cotidianos del ámbito civil que simplemente no encuentran respuesta. Es más, no solo se trata de una justicia inaccesible, sino que, además, hoy en día resulta irrelevante incluso para sus principales usuarios, en tanto los verdaderos conflictos entre grandes empresas son llevadas a mecanismos privados de resolución de controversias, como el arbitraje. Sin embargo, y por necesario que resulte esta reforma, lo que ha sido reconocido largamente por diversos sectores, siempre estará en competencia con otras prioridades tan apremiantes como la educación, la salud o la mejora del sistema de pensiones.
¿Cómo avanzar entonces en una reforma orientada al cumplimiento de importantes fines públicos y privados, pero en un contexto de restricciones y reorientaciones del presupuesto público, como el actual? Me parece que las claves para mantener viva la reforma son dos.
Primero, se debe reconocer la necesidad de distribuir los escasos recursos disponibles entre los diversos potenciales usuarios de sistema de justicia civil. Así, por ejemplo, lo reconocen las Civil Procedure Rules de Inglaterra y Gales al establecer como su objetivo primordial permitir que los tribunales administren justicia a un costo proporcional al caso, lo que implica, entre otras cosas, tomar en consideración que estos deben alcanzar también para atender otros. ¿Es compatible una lógica de justicia distributiva con nuestra propia concepción de lo que es el derecho a un juicio justo? No solo creo que lo es, sino que me parece una exigencia propia de reconocer que en materias civiles tan importante como proveer de garantías procesales específicas es brindar mecanismos para garantizar el acceso al tribunal y luego poder sostener un proceso hasta el final. De nada sirve que reconozcamos una serie de garantías, como el derecho a recurrir de la decisión del tribunal, si ello aumenta significativamente el costo de proveer un proceso que en la práctica no será una vía o alternativa de ser usada racionalmente, sino solo por quienes tienes las espaldas para sostener lo caro y lento que un proceso judicial puede resultar.
En segundo lugar, y relacionado con lo anterior, esta pandemia ha servido como un catalizador de un proceso de modernización tecnológica que, si bien no es nuevo, se ha visto acelerado en diversos ámbitos, entre ellos el judicial. La tecnología, con todas sus virtudes y defectos, ha sido fundamental para que el servicio judicial no se encuentre totalmente paralizado y debería cumplir también un rol fundamental en la discusión que tendrá lugar luego de paralizada la actual reforma. En aquellos países donde el proceso de modernización tecnológica se encontraba ya más avanzado en el ámbito judicial, con la utilización de diversos mecanismos de ODR (Online Dispute Resolution), esto ha permitido que al menos para ciertos tipos de conflictos civiles los tribunales hayan continuado operando con total normalidad y bajo altos estándares de satisfacción de usuarios. El mejor ejemplo en este sentido es el Civil Resolution Tribunal de British Columbia, en Canadá. Este tribunal, que conoce asuntos civiles cotidianos de baja complejidad y de bajo monto (por ejemplo, asuntos de copropiedad inmobiliaria), mezcla adecuadamente el uso de Inteligencia Artificial para el diagnóstico y preparación automatizada del caso (a través de un software proveniente del mundo privado llamado Modria), con el uso de ADR al facilitar la negociación entre las partes, y, finalmente, de ser necesario para la adjudicación mediante una resolución de un juez de carne y hueso, quien resuelve en base a los antecedentes preparados a través de la plataforma. En este tribunal son las propias partes quienes interactúan en una plataforma web diseñada para una navegación intuitiva y en un lenguaje sencillo para que —en las propias palabras de su directora, Shannon Salter— pueda ser entendida por personas a partir de los 10 años de edad.
Los momentos de crisis son también oportunidades para hacer mejor las cosas. Más allá de lo lamentable y frustrante que resulta esta nueva suspensión de la reforma de procesal civil y, a su vez, lo complejo del contexto sanitario, económico y político actual, me parece que quienes creemos que la justicia civil debiese cumplir un rol público muy diverso al que cumple en la actualidad no podemos bajar los brazos en esta cruzada por cambiarle el rostro a uno centrado en el usuario final. Para ello, es necesario buscar estrategias que impliquen usar de manera eficiente los escasos recursos con que contará el sistema y sin la necesidad de reinventar la rueda, aprovechar el potencial transformador que las tecnologías de la información y las comunicaciones tienen con este objetivo y cuidando que no se transformen en una barrera de acceso adicional.
