¿Son presos políticos las personas detenidas tras el 18-O?

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Judith Schönsteiner - CNN Chile

21 / 12 / 2020

Luego que un grupo de parlamentarios levantaran un proyecto para otorgar un indulto a quienes fueron procesados y/o condenados en el marco del estallido social, ha surgido la discusión en torno a qué significa calificar de “política” la privación de libertad de estas personas. Acá, expertos debaten al respecto.

Durante un espeso debate entre los diputados Gonzalo Winter (CS) y Tomás Fuentes (RN) se puso en cuestión una polémica iniciativa que busca otorgar un indulto general a quienes fueron procesados y/o condenados en el contexto del estallido social.

Mientras el parlamentario oficialista aseguraba que este era un “irresponsable perdonazo”, su colega de oposición indicaba que independiente que existan o no personas apresadas por su ideología, existe un conflicto en cómo se utilizó el sistema judicial con cada caso.

Más allá de lo que pueda significar este indulto, sobre el cual el presidente Sebastián Piñera ya anunció su veto en contra, cabe preguntarse: ¿existen presos políticos en nuestro país?

Quién es preso político

Sergio Peña, doctor en Derecho y académico de la Universidad Mayor, indica que para dar con una respuesta hay que tener claro que preso político es quien ha sido restringido de su libertad “por sus ideas”.

“Tiene ideas que son contrarias al gobierno que está en el poder. Pero, esto hay que entenderlo, ideas principalmente en un gobierno de facto, autoritario o totalitario”, añade el académico. “Esa es la esencia de lo que es ser un preso político“.

Esto va en la línea con lo señalado por el director de la División de las Américas de Human Rights Watch, José Miguel Vivanco, quien afirmó que “presos políticos son esencialmente presos de conciencia; personas que son perseguidas por sus ideas, por sus opiniones, simplemente por tratar de promover una idea diferente de la oficial”.

Luis Rojas, también doctor en Derecho y académico de la Universidad Alberto Hurtado, coincide en la definición de preso político: “Es una persona privada de libertad solamente por manifestar o expresar determinadas concepciones políticas, visiones en que el Estado debiera organizarse”.

Eso, agrega, sin atender la ampliación del concepto que se ha dado en la discusión pública, donde se ha invocado esta calidad de preso político para quienes “están privados de libertad pero que cometieron un delito con alguna connotación política“.

Presos políticos en democracia

Ahora, si dejamos de lado el escenario de una dictadura o régimen no democrático, ¿puede haber presos políticos en una democracia? “En principio, no”, afirma Peña. “Se puede disentir en democracia, a pensar diferente”.

“Alguien podría decir ‘bueno, ¿qué ocurre en democracia?’. Nos planteamos que si se ha detenido a alguien protestando, esa persona que ejecutó ese acto de protesta eventualmente podría ser un prisionero político“, agrega el doctor en Derecho.

Para ello es clave tener en mente las condiciones en que fuera detenida una persona que ejercía su derecho a manifestarse -bajo las normativas y la Constitución, sin dañar propiedad pública o privada ni otras personas-, pues podrían configurar un caso de preso político.

Sin embargo, la línea que distingue un preso común de un preso político es delgada y difusa bajo estos nuevos paradigmas, planteando un complejo escenario para abogados penalistas e internacionalistas.

Hoy, cada detenido debe pasar por un Juzgado de Garantía, que es donde se verifica la legalidad de la detención y cómo fue el apremio, y se provee de un defensor público.

Por su parte, la académica de la Universidad Diego Portales y experta en derecho internacional y derechos humanos, Judith Schönsteiner, hace hincapié en que “no se puede afirmar” que los presos del estallido social sean presos políticos.

“Una persona que queda en prisión preventiva por ser investigada por un delito, y se reúnen los criterios usuales de esta medida, no es un preso político a pesar de haber sido, tal vez, detenido en el contexto de una manifestación durante la cual cometió ese delito“, afirma Schönsteiner.

Ahora bien, hace la salvedad de que, por el contrario, “una persona que fuera detenida y encarcelada solamente por manifestarse sería preso político“. Por ello, agrega, es clave saber “con qué evidencia inculpatoria se cuenta de parte de la Fiscalía. Si esta es muy débil, el reproche de prisión preventiva se debe revisar con más detención”.