Autoridades no podrán bloquear a usuarios en Twitter mientras entreguen información oficial
09 / 04 / 2020

Esto luego que usuarios denunciaran que el ministro de Salud, Jaime Mañalich, los tiene bloqueados en su cuenta personal y no pueden conocer los anuncios de su cartera. Por ello, el pasado 23 de marzo, el ente fiscalizador señaló que las autoridades deben “someterse a las mismas reglas de apertura, no discriminación, transparencia y publicidad que las cuentas del órgano público”.
Un dictamen de la Contraloría General de la República, que actualiza su jurisprudencia respecto del uso de las redes sociales particulares de las autoridades, está volviendo a tomar relevancia.
En el documento, el ente fiscalizador señala que, en caso que alguna plataforma personal sea utilizada para comunicar asuntos de interés público, la persona quedará impedida de bloquear a otros usuarios.
Esto luego de una serie de denuncias en contra del ministro de Salud, Jaime Mañalich, quien en el último tiempo ha bloqueado a un significativo número de ciudadanos en su cuenta de Twitter. Ellos reclaman que se ven impedidos de acceder a información acerca del avance de la pandemia en Chile.
“Las cuentas que los ministerios, subsecretarías, servicios o municipalidades mantienen en las redes sociales, no pueden efectuar el bloqueo de usuarios”, reza el documento.
Y añade: “si la autoridad utiliza su cuenta personal para entregar información antes que la cuenta institucional, o cuando la información obtenida en ejercicio del cargo es proporcionada únicamente a través de la cuenta privada, ella debe someterse a las mismas reglas de apertura, no discriminación, transparencia y publicidad que la cuenta del órgano público, encontrándose, en consecuencia, impedido el bloqueo de usuarios“.
Esta indicación de Contraloría hace hincapié en una acción que el ministro Mañalich sí ha realizado: entregar información otorgada por su cargo en la cartera de Salud a través de su cuenta personal.
El 21 de marzo, por ejemplo, antes de darlo a conocer por los canales oficiales del ministerio, Mañalich informó: “Tenemos que lamentar el primer fallecido en Chile por COVID-19. Mujer de 83 años, postrada, en la que se optó por un manejo compasivo”.
“El cambio (en la jurisprudencia) me parece positivo. Aunque se trate de sus cuentas personales, los ministros, al estar utilizando sus cuentas en función de un cargo público, transmiten información que es de interés público y se le deben hacer aplicables estos principios de transparencia respecto de la administración del Estado. Por tanto, el hecho de que los ministros puedan bloquear a ciertos ciudadanos, puede significar que esos ciudadanos se vean afectados en su acceso a la información“, explica Pablo Viollier, abogado de la ONG Derechos Digitales y docente de la Universidad Diego Portales.
El académico advierte que “es importante notar que los ministros, como funcionarios y figura públicas, están sujetos a soportar un nivel mayor de escrutinio y crítica por parte de la ciudadanía”. En esta cabida pueden incluirse, por ejemplo, las amenazas de muerte, pero Viollier explica: “Si bien está prohibido para el ministro (Mañalich) bloquear a ciertos usuarios, lo que tiene que hacer él es denunciarlo a la plataforma por incumplimiento de las condiciones del servicio, o querellarse (en caso de amenazas)”.
