Clínica Jurídica de Justicia Ambiental UDP interpone recurso de protección por crisis ambiental en Quintero-Puchuncavi

COMPARTIR

25 / 09 / 2018

Por producir una “privación del ejercicio del derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, a la vida e integridad física y psíquica, al de igualdad ante la ley, a la salud, a la igualdad de cargas públicas”, la Clínica Jurídica de Justicia Ambiental interpuso -el pasado 20 de septiembre- un recurso de protección contra el Ministerio de Medio Ambiente por la crisis ambiental que se vive en la zona de Quintero-Puchuncavi.

Este recurso es una de las cinco acciones legales que diferentes organizaciones han presentado en los últimos días tras los últimos episodios graves de contaminación en la zona, que han provocado malestares en la población que vive en la zona.

El recurso de protección -presentado por el profesor Diego Lillo y que va dirigido contra el Ministerio del Medio Ambiente- dice que la situación ambiental en la zona de Quintero y Puchuncaví ” ha sido un reflejo de la inequidad e injusticia en la distribución de las cargas ambientales en Chile, constituyendo un caso emblemático de violaciones a los derechos humanos por parte del Estado de Chile y de las empresas que funcionan en el lugar”, que se remonta desde 1961 cuando se inauguró el Parque Industrial.

También detalla tres episodios de crisis ambiental: el 21 de agosto, el 23 de agosto y 4 de septiembre, donde resultaron afectadas más de 70, 130 y 67 personas, respectivamente.

Citando normativas nacionales e internacionales, el recurso indica que el “Estado de Chile tiene diversas obligaciones contenidas en instrumentos internacionales, relacionadas con la reducción de la contaminación y la emisión de químicos tóxicos y nocivos para la salud humana y el medio ambiente”. También acusa que el “Ministerio del Medio Ambiente tiene deberes y obligaciones que no están siendo ejecutados, ya que existe una omisión respecto de la obligación de registrar y sistematizar la información científica de las emisiones no contenidas en normas de emisión vigentes”.

Así, la Clínica Jurídica de Justicia Ambiental pide que la Corte ordene al Ministerio de Medio Ambiente adoptar “medidas que sean necesarias para comenzar a sistematizar y estimar los metales pesados, gases y químicos tóxicos que se encuentran en el ambiente de las localidades de Quintero y Puchuncaví, para incluirlos inmediatamente en en el RETC”; que la Corte califique los hechos ocurridos en la zona “para incluir la regulación de los contaminantes que no han sido regulados de forma injustificada, dentro de un Programa de Regulación Ambiental” y que “se comience sin dilación con los procedimientos de dictación de normas de calidad de Arsénico, Cadmio, Cobre, Cromo, Selenio, y químicos tóxicos como el Hexaclorobenceno, Dibenzofuranos Policlorados, Bifenilos Policlorados y otros contaminantes perniciosos presentes en la zona”.

Por último solicitó que se dicte una orden de no innovar para que en un lapso de tiempo “se paralice toda la actividad del complejo industrial y, así mismo, que se ordene investigar a las fuentes que emiten los contaminantes no regulados con el fin de posteriormente mantener la paralización respecto de aquellas fuentes”.