El desconocido convenio que permite traspasar datos sensibles del Sename a la ANI

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22 / 04 / 2020

Pablo Viollier – Biobio

Fue el Sindicato de Trabajadores Subcontratados del Sename (Sintrasub) el que encendió las alarmas este martes. El pasado 21 de febrero, al cierre del verano 2020 y a pocos días que se concretara lo que se había anunciado como el resurgimiento del estallido social en marzo, el Servicio Nacional de Menores (Sename) y la Agencia Nacional de Inteligencia (ANI) suscribieron un acuerdo de colaboración y coordinación que generó escozor en la Defensoría de la Ñiñez, especialistas en la protección de datos sensibles y en los propios colaboradores de la institución.

El texto, entre otros acuerdos, apunta a “facilitar a la ANI el acceso a información que posee el Sename que es relevante y pertinente para producir inteligencia y efectuar apreciaciones globales y sectoriales según las facultades que la ley ha otorgado a la ANI”.

Asimismo, desarrollar “una alianza estratégica de cooperación institucional con el objeto de establecer vínculos para la ejecución de acciones afines al cumplimiento de los respectivos objetivos institucionales, incluyendo la capacitación en materias de competencia, propias de cada institución”.

“La ANI y el Sename han acordado suscribir el presente convenio destinado al intercambio de información y a aunar esfuerzos para realizar un trabajo conjunto, a fin de contribuir al logro de una mejor y más eficiente gestión en el cumplimiento de las funciones privativas que la ley les encomienda a ambas instituciones”, señala el polémico texto, al que tuvo acceso BioBioChile.

El documento, divulgado durante la mañana de este martes por Sintrasub, fue firmado en ese entonces por la directora del Sename, Susana Tonda, y el director de la Agencia Nacional de Inteligencia (ANI), Gustavo Jordán.

Una situación de la “máxima gravedad”

La ambigüedad y amplitud de los términos utilizados generó reacciones en diversos sectores. La primera en cuestionar el inusual acuerdo fue la defensora de la Niñez, Patricia Muñoz.

“La situación conocida hoy por la Defensoría de la Niñez, gracias a la información que fue remitida por funcionarios del Sename, reviste la máxima gravedad, porque da cuenta de un convenio de colaboración con el Servicio Nacional de Menores, cuyo fin estricto y directo tiene que ver con la protección específica de los derechos humanos de aquellos niños que tiene bajo su cuidado y tutela y no la exposición de antecedentes y de aquellos datos que son privados y exclusivos de conocimiento de aquellos tribunales que han tenido información sobre la situación que los aqueja”, detalló ante las consultas de BBCL.

En ese contexto, llamó a los organismos involucrados a revertir la mencionada alianza o, de lo contrario, amenazó con acudir por la vía judicial. “Como Defensoría calificamos esto como gravísimo, ya que da cuenta de una falta de conexión clara de lo que es la convicción de que el Sename debe hacer como protección de niños, niñas y adolescente y resulta preocupante ya que se produce en febrero tras estallido social y lo que hace es agudizar una evidente situación de estigmatización y criminalización que se pretende hacer de niños, niñas y adolescentes vinculados al Sename en los ámbitos en que se relacionan en cuanto a investigaciones criminales y eso nos parece insostenible, intolerable, máximo si esa información proviene del servicio que debería prestarles protección. Esperamos que el convenio quede sin efecto (…) y si no ejerceremos acciones judiciales que en el ámbito constitucional sean pertinentes para logar que se revierta por esa vía”.

Pero más allá de eso, Francisco Gorziglia, dirigente nacional de Sintrasub que envió los antecedentes a Muñoz, advirtió que la mayor preocupación de su agrupación, en concreto, es que obtengan información confidencial y privada de los perfiles psicológicos de los menores de edad en situación de vulnerabilidad e incluso respecto de sus padres, familias y/o tutores legales.

“Esa información es frágil. Nosotros subimos todo lo que se hace en la intervención diaria, semana a semana, las atenciones, las entrevistas individuales, familiares, seguimiento, coordinaciones”. En ese sentido, además, aseguró que dichos antecedentes no aportan en nada al control de la “seguridad nacional de niños, niñas y adolescentes que fundamentalmente son estigmatizados, criminalizados, castigados y que viven fundamentalmente en la pobreza”.

“Presupuesto jurídico errado”

Asimismo, Pablo Viollier, docente UDP y especialista en el manejo de datos personales, hizo hincapié en que la situación es particularmente grave, pues no sólo se trata de la información de menores de edad y que, al mismo tiempo, se vinculan a una situación de vulnerabilidad. “Son doblemente sensibles”, remarcó.

Bajo este escenario, explicó que “la descripción de qué tipos de datos se comparten, cómo se comparten y para qué finalidad debería ser particularmente estricta. El documento habla en términos excepcionalmente amplios para cualquier función relativa a las competencias de cualquiera de los dos organismos”.

Y, jurídicamente, apuntó a que la libertad de un organismo de compartir datos sin consentimiento sólo está permitido para datos personales (como lo hace el Registro Civil, Servel o el Ministerio de Bienes Nacionales), pero no para los datos personales sensibles, que tienen una categoría especial, según detalla el artículo 10 de la Ley 19.628, en donde se precisa una lista de causales específica, en la que no cabe este tipo de información.

“El documento se aproxima al tema de forma errónea. Habla de cualquier tipo de información, habla de cualquier tipo de uso. Y opera bajo un presupuesto jurídico errado”, acusó.

En concreto, se trata de una situación inusual incluso respecto al tratamiento de información de adultos, pues, para acceder a información sensible de una persona, es fundamental que un determinado organismo acceda a ella previa autorización de un tribunal. Por ejemplo, la propia ANI -para que las policías ejecuten medidas intrusivas- requieren ese permiso; o bien, la Fiscalía necesita dicha aprobación antes de pedir a un hospital la ficha médica de una persona víctima de una agresión. Aunque sea incluso para ir en su defensa.

No obstante, el Sename, mediante un comunicado de prensa, se defendió invocando una normativa diferente durante la tarde de este martes. “La ley faculta a la ANI a requerir información de todos los servicios públicos, sin distinciones, tal como lo establece el artículo N°8 letra e) de la Ley N° 19.974. Como se señala en la ley, dichos servicios están obligados a suministrar los antecedentes e informes que le sean requeridos”, aseguró.

BioBioChile intentó obtener directamente una versión del Sename, sin embargo, a través de dicho comunicado se limitaron a precisar que “la ANI suele establecer convenios de colaboración con cada uno de los servicios para el ejercicio de esta función” y subrayaron que el convenio en cuestión “permite garantizar la confidencialidad y buen uso de los datos que se entreguen, pues dejó claramente establecidas las obligaciones de protección de datos que se entregan, dadas las limitaciones y prohibiciones legales en el tratamiento de la información”.

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