Cristián Riego - ADN Radio
25 / 07 / 2023
“Las responsabilidades de la empresa de seguridad serían más bien civiles, patrimoniales. A menos que hubiese una intención o concierto previo, de lo cual no hay ningún antecedente, no veo que se le pueda imputar un acto delictivo (…) No habría responsabilidad criminal de la empresa ni de los guardias”, dijo el académico de Derecho UDP.
“Formalmente en el código penal existen el delito de injurias y el de calumnias. Sin embargo, la jurisprudencia internacional y nacional, da cuenta de que en el caso de los funcionarios públicos no corresponde la persecución penal por estos delitos cuando el hecho se refiere a imputaciones vinculadas al ejercicio de sus funciones”, agregó Riego.