Falacias constitucionales

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14 / 01 / 2020

FOTO: PABLO OVALLE ISASMENDI / AGENCIAUNO

Javier Couso – La Tercera

Salvo excepciones, las democracias avanzadas tienen su “cuestión constitucional” resuelta. Es decir, el marco institucional dentro del cual se ejerce el poder público -y los límites que se imponen a su ejercicio- no suscitan polémica. En Chile, sin embargo, llevamos una década en que, elección tras elección, una mayoría de los candidatos incluye una nueva Constitución en sus programas. La buena noticia es que podríamos encaminarnos a resolver esta asignatura pendiente, si en abril se aprueba el proceso constituyente.

La derecha más dura ha iniciado una campaña para evitar aquello, echando mano a una retórica apocalíptica, que señala que votar “Apruebo” equivaldría a validar un proceso impuesto por la violencia, que nos llevaría a efectuar “un salto al vacío”. También arguye que el clima actual haría inviable el plebiscito del 26 de abril.

En relación a lo primero, baste decir que los sectores que han propiciado o justificado la violencia, ni fueron parte del acuerdo para una nueva Constitución, ni han sido claros sobre si participarán en el plebiscito. Por el contrario, han motejado de “traidora” a la oposición dialogante que acordó con el gobierno y la derecha un proceso constituyente que desprecian (por ser fruto de una supuesta negociación “de cocina”).

Por otra parte, cabe recordar que cuando -en el 2013- Bachelet ganó con holgura las elecciones presidenciales y legislativas con un programa en que figuraba prominentemente una nueva Constitución, la derecha se refugió en su poder de veto de minoría, y no accedió a otorgar los votos que se requería para avanzar institucionalmente en el proceso. Entonces argumentó que, como no había crisis, no había para qué cambiar la Constitución, y ahora señala que, como existe una crisis, no es el momento de cambiarla.

En relación al presunto “salto al vacío” de elaborar una Constitución a partir de una “hoja en blanco”, cabe precisar que esta última expresión se refiere a que, si no se llega a acuerdo en alguna materia específica, no regirá la Constitución de 1980 en ese aspecto, y no que la nueva carta se redactará literalmente a partir de cero. De hecho, la historia constitucional chilena, y el derecho comparado, revelan que estos procesos implican analizar artículo por artículo de la carta vigente, evaluando qué normas se mantendrán intocadas, cuáles se modificarán, cuáles se eliminarán, y si se añadirán normas nuevas.

Finalmente, cabe recordar que, desde que se promulgó la reforma constitucional del 23 de diciembre, el plebiscito de abril es parte de la carta vigente y que, por tanto, suspender dicho acto representaría una crisis constitucional equivalente a que las elecciones presidenciales del 2021 fueran suspendidas. Por lo demás, la experiencia comparada muestra que países en medio de conflictos mucho más graves han podido concluir bien sus procesos constituyentes.

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