Informe UDP: justicia penal en crisis social y con pandemia “fue solo capaz de asegurar lo mínimo”
Informe Derechos Humanos UDP - El Mercurio
23 / 11 / 2020
Recomienda, entre otras cosas, fortalecer la Brigada Especializada de DD.HH. De la PDI y descentralizarla, así como la creación de un protocolo de actuación para la coordinación de instituciones ante situaciones como el “estallido”.
Cada año, la Universidad Diego Portales (UDP) entrega su informe anual de derechos humanos. Este 2020, uno de sus capítulos es la “Respuesta estatal del sistema de justicia: la obligación de prevenir e investigar violaciones a los derechos humanos” y “El Mercurio” tuvo acceso a un adelanto. La presentación oficial será el próximo 3 de diciembre.
Entre las conclusiones a las que arriban los profesores Claudio Fuentes y Ricardo Lillo, quienes elaboraron este apartado, está que “el sistema de justicia criminal en el contexto del estallido, combinado con la pandemia del covid-19, fue solo capaz de asegurar lo mínimo que se esperaba de él”, Por ejemplo, “fue capaz de asegurar una respuesta oportuna frente a las demandas que el estallido social generó, respetándose el plazo de 24 horas para el control de detención; se mantuvo la autonomía e independencia de la Fiscalía, de la Defensoría y de la judicatura respecto del Poder Ejecutivo”. Sin embargo, se preguntan si esto es suficiente, La respuesta que dan en el estudio es que, con la información reunida, “estamos en condiciones de afirmar que desde esta perspectiva el accionar del sistema de justicia penal hasta la fecha no ha sido suficiente, y no se han garantizado, de manera clara y consistente, los estándares de protección de los derechos humanos”. Así, los investigadores declaran en el documento que su objetivo fue identificar, describir y analizar la respuesta dada por Poder Judicial, Ministerio Público y Defensoría Penal Pública, desde la perspectiva de los estándares internacionales. Junto con ello, buscaron determinar “nudos críticos” y realizar recomendaciones. Sin preparación ni protocolos para absorber carga Según información obtenida por los académicos, “a nivel nacional los casos de violencia institucional, previo al 18 de octubre, solían rondar los 2.000 casos al año.
En cambio, entre el 18 de octubre y el 31 de marzo se habrían contabilizado aproximadamente 8.800 víctimas”. Con ese escenario a la vista, advierten que “tal como nos indicaron todos los entrevistados, el sistema procesal penal chileno no estaba preparado para una situación de violaciones masivas de derechos, no existían protocolos para ello, no se trabajaba con dichos volúmenes de carga de trabajo, no existían rutinas laborales apropiadas, ni una organización pensada para dicho escenario”. Además, dicen, a casi un año de la crisis social, “los resultados de estas investigaciones se encuentran aún pendientes, en tanto los plazos de investigación se han visto extendidos en el tiempo”. Agregan que “así lo reconoce, por ejemplo, una de nuestras entrevistadas del Ministerio Público, quien señala que, por una serie de complejidades, estas investigaciones Han avanzado a un ritmo más bien lento”. Los fiscales, los jueces y los defensores Dedican luego varias de las 32 páginas del capítulo a analizar el comportamiento de las instituciones.
Plantean, por ejemplo, que “cada fiscalía regional determina cómo debía organizarse y qué preferencia darle a la investigación de estos delitos, existiendo en algunos casos un trato privilegiado y en otros no”. Sobre el rol de la judicatura, afirman que, “ya sea por la formación individual de algunos jueces y juezas en materia de derechos humanos, por afinidad política, o por la visión que ellos y ellas tienen de su rol coMo jueces de garantía, lo cierto es que su conducta durante el estallido social fue definida por decisiones individuales o colectivas entre partes, pero no organizada o dirigida a nivel institucional”. Para ejemplificar, describen los académicos: “No todos los jueces de garantía fueron a visitar los centros de detención, solo algunos juzgados de garantías crearon protocolos especiales para facilitar la recolección de denuncias, información y evidencia de parte de las personas detenidas”. En relación con la Defensoría Penal Pública, el informe UDP apuntan que “en el contexto del estallido social se tradujo en un rol proactivo de protección de los derechos humanos de sus representados”. Sin embargo, consignan que, “tal como indicó uno de nuestros entrevistados, *no llegó nada desde la nacional” y la reacción frente al estallido fue ‘a base de voluntad” de los mismos funcionarios”. No hubo respuesta centralizada Así, hacia el final del estudio, los investigadores resumen: “Se observa entonces que, por diversas razones —algunas producto del diseño institucional, otras de cultura organizacional y una burocratización ya instalada de manera previa a la pandemia—, no hubo una respuesta centralizada y coordinada entre las instituciones del sistema para asegurar que los más altos estándares de derechos humanos se cumplieran para todos los casos derivados de esta particular situación”. Por ello, finalizan, “a la luz del deber de debida diligencia, este capítulo cierra manifestando una gran preocupación, De la información disponible se verifica que existen un total de 6.867 denuncias en que se atribuye a un agente estatal el haber realizado conductas atentatorias contra los derechos humanos”. De ese universo, en 466 casos se encuentra una persona claramente individualizada como imputado, pero, a septiembre de 2020, solo 28 causas han sido formalizadas, es decir, un 0,4% ha avanzado a un estado procesal superior, puntualizan.
Recomendaciones de investigadores Luego, los académicos hacen distintas recomendaciones, entre ellas, que debería dotarse al Ministerio Publico de mayores recursos humanos y materiales para que “pueda gestionar esas causas y priorizar la investigación de esos hechos”. También sugieren entregar a la PDI los “recursos necesarios para fortalecer su Brigada de Derechos Humanos y descentralizar su estructura”. Ello, para priorizar las diligencias necesarias para el esclarecimiento de estos hechos.
Y proponen que las instituciones del sistema de justicia penal, mediante organismos como la Comisión de Coordinación del Sistema de Justicia Penal, avancen hacia “el establecimiento de un protocolo de actuación que permita la coordinación entre estas instituciones, ante hechos como los ocurridos durante el estallido social”.
