Judith Schönsteiner: evaluación y proyecciones de los DD.HH. en Chile

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En el marco de la conmemoración de los 20 años del Informe Anual de Derechos Humanos, la académica de la Facultad de Derecho comentó el alcance, evolución y principales conclusiones de este Estudio. También abordó algunas de sus líneas de investigación y se refirió a los desafíos de estudiar los DD.HH. en nuestro país.

10 / 11 / 2022

A 20 años de la presentación del Informe Anual de Derechos Humanos, Judith Schönsteiner, académica de la Facultad de Derecho y editora general del informe, comentó el alcance, evolución y las principales conclusiones del estudio.

Asimismo, la académica se refirió a sus líneas de investigación (Derechos Humanos e internacional de los Derechos Humanos y empresas y Derechos Humanos) y las dificultades que existen a la hora de indagar en este tipo de temas en nuestro país. “El Estado debe intervenir de manera temprana y eso requiere un rediseño de varias instituciones y políticas con enfoque de derechos humanos”, dijo.

Entre 2012 y 2017, la Doctora en Derecho fue directora del Centro de Derechos Humanos de la UDP y, en la actualidad, integra el Claustro del Doctorado en Derecho y del Magíster en Derecho Internacional y además, dirige el Diplomado de Derechos Humanos y Empresas de la Facultad de Derecho UDP.

  • Este año el Informe Anual de DD.HH. de la Facultad de Derecho cumple 20 años, ¿cuál cree que ha sido su principal aporte en la defensa de los DD.HH.?

 

Nuestro Informe fue el primero que ha existido en Chile y, desde el inicio, no solo analizó derechos civiles, políticos y violaciones graves y sistemáticas que han ocurrido en la dictadura, sino también los derechos económicos y sociales, por ejemplo, el derecho a la educación. En este sentido, proporciona un análisis de la legislación, políticas públicas y el goce efectivo de los derechos humanos, siempre a la luz de los estándares del derecho internacional de derechos humanos que Chile ha ratificado. Logró levantar temas novedosos en su momento, como derechos humanos y medioambiente, derechos humanos y empresas, y ha puesto a disposición del país estudios socio-jurídicos inéditos. Incluso, cuando el país finalmente creó una institucionalidad de derechos humanos que elabora un informe anual oficial, nuestro informe mantuvo su relevancia al abordar temas que el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) no trataba.

 

  • Tras dos décadas, ¿cuál cree que sigue siendo el (los) principal(es) desafío(s) del Informe?

 

Los principales desafíos en materia de derechos humanos es la garantía de los derechos sociales, sin discriminación, el reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas – que aún no tienen reconocimiento constitucional – y la implementación de la obligación de proteger del Estado, ante la creciente inseguridad, el crimen organizado, incluyendo la corrupción y el tráfico de estupefacientes, armas y personas. Esta protección debe realizarse respetando los estándares de derechos humanos y, en particular, la proporcionalidad e idoneidad de las medidas. Es allí donde el Estado debe intervenir de manera temprana y eso requiere un rediseño de varias instituciones y políticas con enfoque de derechos humanos. Finalmente, un enorme desafío será el impacto del cambio climático en nuestro país y las medidas de transición a una economía y sociedad bajas en carbono.

 

  • ¿Cuáles son los obstáculos que se presentan al investigar los DD.HH. en Chile?

 

Las dificultades siguen siendo, a pesar de la Ley de Acceso a la Información Pública, la inexistencia – o insuficiente calidad – de los datos empíricos que permitirían un análisis más acabado del goce de un derecho humano.

 

  • Haciendo un análisis temático, ¿cómo ha evolucionado el Informe?

 

Ciertamente, desde 2002, Chile ha avanzado en muchos ámbitos de derechos humanos: en la no-discriminación, con la adopción de la Ley Zamudio (2012), la Ley de Inclusión Escolar (2015) y la Ley de Inclusión Laboral (2017), por nombrar solo algunas. Se avanzó en la participación política y social de las mujeres y sus derechos reproductivos, en particular, el acceso a todos los métodos anticonceptivos en los establecimientos públicos, sin discriminación por nivel socioeconómico (2010) y la ley de aborto en tres causales (2017); los derechos civiles de las personas de la diversidad sexual, con las leyes de unión civil (2015), identidad de género (2018) y matrimonio igualitario (2021). Ya antes se había garantizado el acceso a la información pública (2008) –una garantía sin la cual el Informe no podría elaborarse. Menos avance se registra en materia de derechos sociales, a pesar de la gratuidad en la educación superior y las garantías explícitas de salud, cuyo catálogo se ha ido ampliando paulatinamente. Chile ha creado una institucionalidad de derechos humanos y ha avanzado –en particular, después del 2005− en materia de justicia, reparación y memoria por crímenes de la dictadura. La protección ambiental ha mejorado en comparación con el panorama de hace 20 años atrás. Siempre quisiéramos que estos cambios se dieran más rápidamente y de manera más profunda, pero es innegable que hubo mejoras. Mejoras que –sin embargo– no están aseguradas, que siguen en riesgo por factores externos (pandemia, economía mundial, precios de energía a causa del ataque de Rusia a Ucrania, etc.) y por factores internos como la discriminación estructural, la incapacidad de dialogar sobre compromisos y soluciones políticas que se ha ido instalando en la sociedad; el aumento rápido y preocupante de la violencia, la inflación acelerada; y causas institucionales como un débil sistema de fiscalización con sus puertas giratorias, falta de financiamiento e incentivos débiles; falencias considerables en la prevención y persecución de la corrupción y del narcotráfico. Mejoras que, en algunos ámbitos como la reducción del trabajo informal y la protección del medioambiente, además, han sido todavía considerablemente deficientes.” (Informe 2022, p. 12).

 

  • ¿En qué medida el nuevo proceso constituyente debe incorporar la perspectiva de los derechos humanos?

 

Como Centro de Derechos Humanos, hemos elaborado una serie de cartillas con un análisis de los estándares del derecho internacional de los derechos humanos que aplican a Chile, y proponemos cláusulas concretas a ser incorporadas en una nueva Constitución, para que Chile pueda cumplir sus obligaciones internacionales. Proponemos una cláusula de incorporación del derecho internacional de los derechos humanos, una cláusula de su interpretación, así como cláusulas sobre la obligación de respetar, proteger y garantizar estos derechos, y sobre las limitaciones permitidas, y una cláusula general de igualdad y no-discriminación. Además, cláusulas sobre algunos derechos específicos. (Todas las cartillas pueden descargarse aquí).

 

  • En el ámbito de sus investigaciones sobre DD.HH. y empresas en Chile, ¿cuáles han sido sus principales hallazgos?

 

He trabajado, principalmente, sobre empresas de propiedad del Estado y la obligación estatal de regular y fiscalizar las actividades económicas, y proveer acceso a la justicia (Revisar sus publicaciones sobre esta materia aquí). En este contexto, pudimos ver en el estudio Línea Base sobre Derechos Humanos y Empresas que el Danish Institute for Human Rights nos encargó en 2015/2016, que más allá de la ausencia de la protección de los derechos sociales en la Constitución del 1980, hace falta una fiscalización eficaz e independiente – con los recursos suficientes y sin captura del Estado – de las actividades económicas. Además, se requiere una mejor planificación territorial para proteger y garantizar los derechos humanos. Finalmente, al haber privatizado la garantía de varios derechos sociales, el Estado debiera reforzar la regulación de estos servicios y asegurar que no deje de cumplir su deber de garantía de estos derechos, del que no se puede deshacer al privatizarlos.

En materia de empresas de propiedad del Estado hace falta, en particular, la aplicación de la debida diligencia en materia de derechos humanos, para lograr el cabal respeto de estos derechos. Asimismo, en las cadenas de suministro – de empresas tanto privadas como públicas – se requiere de una mayor exigencia de herramientas de gobernanza para el respeto de los derechos humanos. La Norma de Carácter General 461 de la Comisión de Mercado Financiero es un paso en la dirección correcta en este sentido, sin embargo, tanto en Chile como en el extranjero, las empresas chilenas aún no respetan los derechos humanos y en comparación con otros países, incluso están debajo del promedio de la industria.

 

  • ¿Cómo visualiza la continuidad de sus líneas de investigación?

 

Creo que seguiré profundizando en temas de finanzas sustentables y derechos humanos, regulación de las cadenas de suministro, y la eficacia de la fiscalización. Además, si se da la oportunidad, me gustaría desarrollar de manera más detallada los efectos jurídicos que debiera haber si las empresas públicas o privadas no adoptan una gobernanza que incluya la debida diligencia en derechos humanos. Estos resultados permitirán enriquecer también, así espero, la docencia, en particular en el Diplomado online de derechos humanos y empresas que dirijo, y otros cursos de derechos humanos y empresas que ofreceremos en esta Facultad y en la Facultad de Administración y Economía de la UDP.