Investigación revela necesidad de resolver los desequilibrios del sistema de cobranza de deudas en Chile

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20 / 12 / 2019

Código que regula el cobro de obligaciones no se ha actualizado desde 1902 y contiene escasos mecanismos de protección para deudores vulnerables. A ello se suma la pone presión que tienen los tribunales civiles, por el alto número de causas que reciben diariamente.

Chile apenas comenzaba a instaurar los tranvías eléctricos y a hacer obligatorio el servicio militar cuando entró en vigencia el Código de Procedimiento Civil que regula, aún en nuestros días, el proceso de cobranza de deudas, y que no distingue entre los distintos tipos de deudores que llegan a los tribunales de justicia.

Este es uno de los tópicos que examina la tesis doctoral de la profesora de la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales, Macarena Vargas, quien esta semana lanzó el libro “El Derecho a la Ejecución Forzada: nociones e implicancias a partir de la Corte Europea de Derechos Humanos”. La investigación muestra cómo el actual sistema, que data de 1902, genera un desbalance para quienes no pueden cumplir sus obligaciones financieras, frente a quienes buscan cobrarlas.

“El código actual no distingue entre tipos de deudores; hay personas que no pueden pagar por razones coyunturales, como enfermedad o cesantía, y otros que no quieren hacerlo, pero ambos reciben el mismo tratamiento”, señala la académica. “Es un sistema construido para favorecer al acreedor, que data de un contexto muy diferente al Chile actual, donde la tasa de endeudamiento de los hogares chilenos es, según el Banco Central,  de 73%”, sentencia.

La investigación muestra que, en esta materia, los estándares internacionales de derechos humanos exigen a los Estados elaborar de sistemas balanceados entre deudores y acreedores, incorporando nuevas reglas, tal como se observa en las legislaciones de otros países.

“El código es muy estricto con el deudor: no regula posibilidades para llegar a acuerdos de pago”, sostiene Vargas. “Tampoco cuenta con alternativas de venta amistosa de un bien raíz, en el caso de deudas hipotecarias: habitualmente el bien es rematado al precio del avalúo fiscal, que todos sabemos es mucho menor que el valor de mercado”.

La actual regulación del Código de Procedimiento Civil chileno no sólo genera una clara desprotección de los deudores vulnerables; también contribuye al alto flujo de casos que deben tramitar los tribunales civiles: más de 90% de éstos corresponden a casos de ejecución forzada; es decir, cobro de deudas.

El libro –que fue presentado la profesora Sophia Romero, de la Universidad Adolfo Ibáñez en Viña del Mar y el profesor de la U. Austral de Valdivia Andrés Bordalí–  llega en un momento en que las demandas sociales por mayor equidad y protección a personas vulnerables se han tomado las calles. Pero, en materia de ejecución civil el debate se ha visto limitado por la paralización de la discusión del proyecto de ley de Nuevo Código Procesal.

“El proyecto presentado al Congreso Nacional en el 2012 contaba con varias instituciones que iban en la dirección de equilibrar los derechos de deudores y acreedores, pero ese capítulo fue retirado por el Ejecutivo en el 2014”, relata Vargas, “y desde fecha en adelante la discusión en el Congreso no se ha retomado, está estancada”.  Agrega: “Al mismo tiempo que hoy, luego del estallido social, damos beneficios como una rebaja en transporte para los adultos mayores o debatimos la condonación del Crédito con Aval del Estado, debemos equiparar la cancha para las personas que, queriendo pagar sus deudas, no pueden hacerlo”.

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