Entrevista a Víctor Beltrán: Jorge Valdivia detenido por presunta violación

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Víctor Beltrán - T13

24 / 10 / 2024

“La noción más pura, por decirlo así, de flagrancia tiene que ver con la inmediatez entre el hecho y la plausibilidad de que la persona haya estado involucrada en ese. En el fondo, el caso típico y paradigmático de flagrancia es la persona atrapada ‘con las manos en la masa’, pero la legislación, el Código Procesal Penal, que regula esta hipótesis en las cuales es posible efectuar una detención en flagrancia, ha tendido a ampliar, en el fondo, la tipología de flagrancia abriéndola temporalmente para personas que actualmente están cometiendo un delito, para personas que acaban de cometerlo, para quienes están huyendo del lugar de comisión y son señalados por testigo o víctima, y así hasta otra hipótesis que, en el fondo, contempla un tiempo inmediato, dice la ley, y que luego especifica el mismo artículo, que se trata de un tiempo de 12 horas entre que ocurre el hecho y, en el fondo, ocurre esta designación de la persona y se le atribuye esta participación”, explicó el académico e investigador del Programa de Reformas Procesales y Litigación UDP.

“Ahora bien, y creo que es importante destacar que, en el caso de Jorge Valdivia, si bien se detonó este procedimiento de flagrancia, la detención, en definitiva, se produce por una orden judicial de detención que fue solicitada por la fiscal de turno y expedida por el juez de garantía o por el juzgado de garantía correspondiente y que se ejecutó luego en la madrugada del día anterior”, agregó Beltrán.