Qué es y cómo se tipifica el acoso sexual en Chile: en qué se diferencia del abuso y la violación, comenta Alejandra Castillo Ara
Alejandra Castillo Ara - Radio BíoBío
27 / 11 / 2024
En las últimas semanas, diversos casos mediáticos relacionados con delitos de connotación sexual han puesto en el centro de la atención pública a figuras conocidas en Chile. Entre ellos, destacan las denuncias de violación y abuso sexual contra el exsubsecretario del Interior, Manuel Monsalve, y el futbolista profesional Jorge Valdivia. Más recientemente, salió a la luz una denuncia de acoso sexual contra el Presidente de la República, Gabriel Boric, relacionada con hechos que habrían ocurrido hace más de una década. Ante este panorama, es común que surjan dudas sobre las diferencias entre conceptos como violación, acoso y abuso sexual, así como su tratamiento en la legislación chilena.
“Hay cosas que son violación, otras que son abuso y otras que son acoso, y son conductas distintas”, explica Alejandra Castillo. Respecto de la denuncia en contra del Presidente Boric, la experta señala que “se trataría de un caso de acoso sexual, que no es lo mismo que abuso sexual. El acoso sexual, en general, son actos de habla y manifestación verbal, de requerimientos de algún tipo de connotación sexual, o alguna tocación que no constituya abuso sexual, que son delitos distintos”.
En ese sentido, la abogada hizo además una precisión importante: en Chile, el delito de acoso sexual solamente tiene una connotación penal cuando se habla del acoso sexual callejero, del artículo 494 ter del Código Penal, una ley que data del 2019. Es decir, el acoso sexual solo está tipificado en el Código Penal cuando ocurre en la vía pública.