El Mercurio | Carta de Rodolfo Figueroa
23 / 07 / 2021
Señor director:
Todos estarán de acuerdo en que el trabajo al interior de la Convención Constitucional debe desarrollarse bajo un clima de tolerancia y pluralismo, pero ¿qué significan esas palabras? La pluralidad es un hecho: la coexistencia de diversas concepciones sobre el bien y la justicia, El pluralismo, en cambio, es un principio que exige respetar, proteger y promover la pluralidad. Como se ve, el pluralismo no se limita a respetar la expresión de diversas concepciones del bien, porque eso es mera tolerancia. El pluralismo va más allá: exige proteger e incluso promover la expresión de esas diversas concepciones. Ahora bien, el pluralismo tiene sentido cuando no adherimos a las doctrinas que se expresan. En efecto, sería llamarnos pluralistas la libertad de expresar solo aquellas ideas que nos agradan.
Hecha la distinción, podemos preguntarnos por la Convención. ¿Es plural? Sin duda; quizá es el órgano estatal colegiado más plural que existe en Chile. ¿Es tolerante? Ha transcurrido poco tiempo para saberlo, pero, salvo hechos aislados, podemos advertir que sí lo es. La pregunta fundamental es si es pluralista. Que lo fuera significaría que los convencionales no solo respetarían aquellas ideas que no comparten, sino que harían lo posible para que ellas se protegieran y promovieran. ¿Va a ser la Convención Constitucional un órgano pluralista? Ojalá sí.
Rodolfo Figueroa
Académico Facultad de Derecho UDP
