Académica Patricia López participó en las “VI Jornadas Nacionales de Profesoras de Derecho Privado” y presentó nuevo capítulo de libro
11 / 09 / 2025
Patricia López, académica del Departamento de Derecho Civil y coordinadora de investigación de la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales, participó el pasado 01 de septiembre en las “VI Jornadas Nacionales de Profesoras de Derecho Privado”, realizadas en la Universidad Católica del Norte, sede Antofagasta.
Las Jornadas, que constituyen un espacio de reflexión académica, diálogo interdisciplinario y articulación colaborativa entre profesoras de Derecho Privado de diversas universidades del país; tienen por objetivo visibilizar y fortalecer la producción de conocimiento jurídico con enfoque de género, promoviendo además el intercambio de experiencias investigativas, docentes y profesionales, así como la construcción de redes nacionales de colaboración académica.
En el marco de este encuentro, también se realizó la presentación del libro correspondiente a las “V Jornadas Nacionales de Profesoras de Derecho Privado”, organizadas por la Escuela de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso en agosto de 2024; publicación en la que la profesora López contribuyó con un capítulo titulado “El paciente como consumidor en el derecho chileno y su estatuto jurídico aplicable”.
Este capítulo tiene como propósito establecer el estatuto normativo del paciente consumidor en el ordenamiento jurídico chileno y se estructura en tres apartados: La primera sección explora la tipología de pacientes y la vulnerabilidad agravada que puede experimentar el paciente consumidor; la segunda examina el entramado normativo aplicable a cada situación particular; y la tercera sección precisa la tutela que corresponde dispensar en función del tipo de paciente y su alcance.
La profesora López, quien además es investigadora de la Fundación Fernando Fueyo Laneri e integrante de la Academia de Derecho Civil UDP, ahonda en las conclusiones a las que arriba su texto: “La primera es que si bien el paciente no está definido en nuestra legislación puede entenderse por tal “la persona que recibe una atención de salud de uno o más facultativos a cambio de una contraprestación”, pudiendo este revestir el carácter de consumidor en la medida que la prestación de servicios se no realice por un profesional liberal, cobrando aplicación la Ley 19.496”.
“La segunda es que, independientemente de que el paciente sea o no consumidor, este puede presentar una vulnerabilidad adicional que puede consistir en ser NNA, adulto mayor, padecer una discapacidad intelectual o una enfermedad oncológica o catastrófica, lo que determinará una tutela más intensa de ese paciente que se traduce, según el caso, en la aplicación de la LPC, la Ley 20.584, 21.331, 20.850, 21.309 y 21.258”.
“Y, la tercera es que incluso si el paciente es consumidor, siempre quedará a salvo la opción de este último para inclinarse por la aplicación del Código Civil y hacer efectiva la responsabilidad contractual o la responsabilidad extracontractual por incumplimiento de un contrato o por un ilícito civil, en la medida que estime que dicho estatuto es más favorable que la LPC, sin perjuicio de la aplicación de las leyes especiales que hemos referido y que disciplinan otros aspectos tuitivos del paciente”.
Conoce más sobre este nuevo libro en el siguiente enlace: