Columna de opinión de Claudio Fuentes Maureira: ¿Hasta cuándo se pueden acompañar en el proceso de familia los comprobantes que acrediten la idoneidad del perito de confianza?
Claudio Fuentes - El Mercurio Legal
21 / 01 / 2026
“Esta práctica —de conceder tres días después de la audiencia preparatoria para acompañar los antecedentes (…)— derechamente elimina o, como mínimo, entorpece la materialización de los principios de inmediación y contradicción. ¿De qué manera la parte contra la cual se ofrece la prueba pericial manifiesta sus alegaciones y su oposición a los antecedentes acompañados y su suficiencia o no para la determinación de la idoneidad del perito, si es que estos se resuelven fuera de la audiencia por despacho?”
“¿Qué medidas puede tomar para defenderse de esa prueba pericial si es que la decisión ocurre después de la preparatoria? Esta forma de proceder contraría expresamente el sistema de audiencias establecido en la justicia de familia, impidiendo que exista un debate, limitando la posibilidad de contradecir, transformando esta materia, en los hechos, en una cuestión enteramente unilateral por parte del órgano juzgador”.
