¿Hay o no delito en el uso de imágenes de televigilancia?: El debate que abrió el paseo de la princesa Leonor por la Zona Franca, comenta Cristián Riego
Cristián Riego - El Mercurio
25 / 03 / 2025
Aunque se puede haber vulnerado algún espacio de intimidad, los especialistas concuerdan en que no se cumplirían los elementos del artículo por el cual la Fiscalía de Magallanes dio inicio a la causa tras la denuncia de la Guardia Civil. Para el profesor de Derecho Procesal de la U. Diego Portales (UDP), Cristián Riego, “a priori, no me parece que se aplique esa norma, porque (…) se refiere a captación de imágenes o conversaciones privadas, o sea, si ella hubiese estado en una casa privada y alguien se sube por arriba y la filma se podría aplicar, pero si ella estaba en la Zona Franca, que es un comercio público, no existiría esa restricción”.
“Mas bien lo que se podría investigar es si alguien, algún encargado, por ejemplo, se robó esas imágenes y las vendió (…), podría haber un delito contra la propiedad de esas grabaciones (…), pero lo veo difícil”, añade.
El profesor UDP plantea que estas cámaras (de televigilancia) “debieran estar sujetas a una regla más o menos estricta de conservación, destrucción, a lo mejor cada cierto tiempo, y que no se puedan usar para ningún fin que pueda perjudicar a la persona (…), eso debiera regularse”. Sobre cómo castigar su mal uso en una eventual nueva regulación, sostiene que “las regulaciones, en general, no debieran ser sancionadas penalmente, esta es una cuestión que tiene que ver con normas relacionadas con la seguridad privada” y una forma para ello, dice, podría ser una indemnización.