Justicia absolvió a Claudio Crespo, ex carabinero acusado de dejar ciego a Gustavo Gatica en el estallido social, comenta Cristián Riego

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Cristián Riego - Radio Futuro

14 / 01 / 2026

“El tribunal dio por probado que el señor Crespo fue el que le disparó y le destruyó los ojos a la víctima, eso quedó claro, pero se consideró que, dado que la víctima estaba involucrada en actos de agresión a Carabineros, se debía aplicar la legítima defensa privilegiada, que es una norma que se dictó con posterioridad a estos hechos, pero las normas penales cuando favorecen al imputado se deben aplicar aunque sean posteriores. Esta norma lo que dice es que cuando se trata de policías que están cumpliendo funciones de orden público y esos policías son objeto de una agresión que potencialmente pueda afectar su vida o su integridad física, se presumirá un elemento de la legítima defensa que es el más difícil de evaluar: la necesidad racional del medio empleado. En este caso, el juez debe entender que el policía que se defiende lo hace de manera racional y proporcionada”.

“Esa es una norma que protege a la policía de manera bastante extrema, hace que sea prácticamente imposible de cuestionar la reacción que un policía tiene frente a un ataque de cualquier tipo (…) Normalmente uno podría discutir si era racionalmente necesario, por ejemplo, dispararle a la cara al agresor, pero con esta ley no se puede discutir: se tiene que tener por válido. El juez no puede entrar a debatir si era o no necesario. Se entiende que lo era”.

“Ese es el mensaje que los ciudadanos chilenos tienen que anotar: que de aquí en adelante, tener un comportamiento agresivo frente a Carabineros o a cualquier otro órgano de orden público implica que uno va a tener muy pocas posibilidades de reclamar frente a la reacción de ese órgano, aunque esa reacción le parezca desproporcionada”.