Posible “segunda infracción” en método del Gobierno para revertir compra de casa de Allende abre debate entre abogados, comenta Íñigo de la Maza

COMPARTIR

Íñigo de la Maza - El Mercurio

13 / 01 / 2025

“Lo que la norma prohíbe es contratar y un contrato es un acuerdo destinado a generar derechos y obligaciones, pero hay otro tipo de acuerdos (…) que no son contratos, y podemos llamarlos convenciones en sentido estricto”, dice el profesor de la Universidad Diego Portales (UDP) Íñigo de la Maza. Y, añade, “todo contrato es una convención, porque requiere un acuerdo, pero no toda convención es un contrato; solo son contratos las convenciones destinadas a crear o modificar derechos y obligaciones, y la resciliación no aspira a eso, sino que a extinguirlos”.